(CNN)– La Suprema Corte de Justicia de México informó este lunes a través de un liberar que invalida los preceptos de interceptaciones telefónicas sin autorización judicial.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijo que el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar (CJM) y se expide el Código Procesal Penal Militar (CMPP) no establece si la Interceptación de comunicaciones sólo podrá efectuarse respecto de militares o si se trata también de civiles.
El máximo tribunal mexicano también dijo que invalidaba la facultad que permitía a los militares realizar allanamientos en residencias u oficinas públicas de cualquiera de los tres poderes del Estado, así como órganos constitucionales autónomos porque permitía a la autoridad militar ejercer medidas restrictivas que impactados a civiles, sin necesidad de la intervención de un juez civil, garantizado en la constitución del país.
De igual forma, la Corte Suprema invalidó la facultad de los militares de tener la ubicación geográfica en tiempo real de los equipos móviles de comunicación relacionados con las investigaciones. La Corte Suprema agregó que se considera que el criterio no especificaba si las personas sobre las que podía ejercerse dicho poder eran personas ajenas al ámbito militar.